domingo, 15 de noviembre de 2009

Importancia de documentos mercantiles en transacciones comerciales

ab. Julio Navarrete Ruíz


Entrevista

IMPORTANCIA DE LOS DOCUMENTOS MERCANTILES EN LAS TRANSACCIONES COMERCIALES
“La creciente complejidad de las actividades mercantiles ha sido la causa de que los simples acuerdos verbales se hayan sustituido desde tiempos muy remotos por la constancia escrita de los pactos o acuerdos celebradosEn el moderno mundo de los negocios cualquier paso que se dé en el campo mercantil se hace constar en algún documento y, en caso de que su importancia lo justifique, el documento en cuestión puede llevar la firma de algún funcionario calificado”



DOCUMENTOS MERCANTILES
Son los documentos comerciales que merecen confianza, credibilidad. En lenguaje técnico mercantil es un modo especial para realizar una serie de operaciones comerciales. Estos pueden ser negociables y no negociables.
Importancia de la Documentación Mercantil
La importancia de la documentación mercantil es tal que ha creado normas especiales de carácter técnico y disposiciones legales para impresión, archivo y conservación de los distintos documentos que se utilizan en las operaciones mercantiles. Aún los formularios de simple orden interno para tramitación entre dependencias de una misma empresa constituyen elementos probatorios que permiten seguir el curso de un lote de mercancías, identificar un envío de dinero o exigir el cumplimiento de una norma o disposición interna cualquiera como pudiera ser la de reclamar al Departamento de Compras, haciendo mención de la fecha y número de una solicitud de compras, el que un pedido no se hubiera recibido dentro del plazo establecido.


viernes, 6 de noviembre de 2009

¿Qué función cumple la costumbre mercantil en el desarrollo de las leyes mercantiles?

Para analizar y poder contestar la interrogante primero dedemos tener bien en claro lo que es la costumbre y las leyes mercantiles para poder encontrar la relación que hay entre ellas:

COSTUMBRE MERCANTIL

Su importancia está dada por el origen del mismo. Sirve para interpretar la voluntad de la costumbre o para suplir el silencio de la ley.
La costumbre mercantil esta llamada a llenar lo que los estudiosos del derecho han llamado como lagunas legales.
El código de comercio en el artículo 4 señala que la costumbre mercantil tendrá fuerza de ley comercial, cuando sea uniforme, pública, reiterada, tenida como obligatoria por los miembros de la comunidad y no sea contraria a la ley y al orden público.
Así mismo, el artículo 8 del código civil establece que “la costumbre en ningún caso tiene fuerza contra la ley. No podrá alegarse el desuso para su inobservancia, ni práctica, por inveterada y general que sea”.
La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial siempre que no la contraríe.
Las costumbre mercantil suple el silencio de una Ley, cuando los hechos que las constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República, o en una determinada localidad y reiterados por mas de diez años"
La Costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella".
La costumbre, por si, tiene fuerza para crear normas jurídicas mientras que el uso desempeña una función más modesta, que consiste en suministrar contenido a las normas legales que lo invocan, además la costumbre, en cuanto que constituye una norma jurídica, no está sujeta a prueba, mientras que el uso, por integrar solamente un elemento de hecho, precisa probanza.Es decir, por una parte, la costumbre constituye una fuente de Derecho paralela a la ley y por la otra que es frecuente que la ley, ante la presencia de lagunas o en prevención de ellas, haga referencia a elementos del hecho que vienen a desempeñar una función integradora o supletoria, es decir, haga referencia a los usos.


FUNCIONES DE LA COSTUMBRE MERCANTIL
La costumbre mercantil tiene tres funciones importantes que son:

Función interpretativa: Cuando se trata, como su nombre lo indica de interpretar la voluntad de las partes en los contratos, lo segundo cuando son reglar objetivas que se imponen a las personas en sus actuaciones.
Funcion Normativa: Son aquellas que tienen validez generalizada y se acatan por el conglomerado humano con la convicción de su obligatoriedad.

ENTREVISTA

Ab. ELIZABETH CARRASCO



La costumbre mercantil y las leyes mercantiles van de la mano ya que la costumbre merantil se presenta en el origen de todas las legislaciones, por lo tanto una costumbre puede suplir en cualquier momento la ausencia de una ley.



BIBLIOGRAFIA

http://www.monografias.com/trabajos15/derecho-mercantil/derecho-mercantil.shtml

http://comercialgeneralunab.blogspot.com/2009/02/fuentes-del-derecho-comercial_09.html

codigo de comercio- codigo civil










jueves, 29 de octubre de 2009

QUE ES EL DERECHO MERCANTIL

El derecho mercantil es la ciencia jurídica del derecho privado que mediante normas, reglas y leyes regula las relaciones entre comerciantes, los actos de comercio y la actuación de las personas que los realizan, aunque no tengan calidad mercantil.
El derecho mercantil a nivel general, podría decirse que es la rama del derecho que regula el ejercicio de la actividad comercial.
Es posible distinguir entre dos criterios dentro del derecho mercantil. El criterio objetivo es aquel que se refiere a los actos de comercio en sí mismos. En cambio, el criterio subjetivo está vinculado a la persona que se desempeña como comerciante.
El derecho comercial no es estático, sino que se adapta a las necesidades cambiantes de las empresas, el mercado y la sociedad en general. De todas formas, siempre se respetan cinco principios básicos: Se trata de un derecho profesional (que resuelve conflictos propios de los empresarios), Individualista (es parte del derecho privado y regula relaciones entre particulares), Consuetudinario (se basa en las costumbres de los comerciantes), Progresivo (evoluciona con el tiempo), Internacionalizado (se adapta al fenómeno de la globalización).
En definitiva, el derecho mercantil se encarga de estructurar la organización empresarial moderna y de regular el estatuto jurídico del empresario, entendiéndose como tal a la persona que realiza actos de comercio.


ENTREVISTA AL AB. ALFREDO CEDEÑO CADENA


¿QUE ES PARA USTED EL DERECHO MERCANTIL?
El derecho mercantil conocido también como derecho comercial versa sobre los principios doctrinales, legislación y usos que reglan las relaciones jurídicas particulares que surgen de los actos y contratos de cambio, realizados con ánimo de lucro por las personas que del comercio hacen su profesión. Comprende lo relativo a los comerciantes individuales , compañias o sociedades lucrativas de los negocios mercantiles, los títulos, valores y otros efectos del comercio.
En la evolución histórica del derecho mercantil se puede distinguir tres etapas:
a.- En la Edad Media el derecho mercantil nace como derecho subjetivo, en cuanto estaba constituido por las normas que se aplicaban a las relaciones profesionales entre los miembros de las corporaciones y de los gremios mercantiles.
b.- La segunda etapa es la del derecho objetivo que se concreta en el código de comercio de Napoleón que concibó que el derecho mercantil se sustentaba en el acto o contrato de comercio, sin consideración a la condición de las personas que lo realizan.
c.- La tercera etapa es la del derecho mercantil como derechos de las empresas y del tráfico en masa. Encontrando también que las operaciones mercantiles tienen vinculos con las operaciones civiles; y ya en el campo del derecho positivoalgunos contratos están regulados tanto en el campo civil como en el mercantil, código civil y el código de comercio respectivamente, en consecuencia el Derecho Mercantil ha experimentedo la ampliación progresiva en el campo de las relaciones que comprende a la agricultura, industria, la banca, y el ingenio humano que hace surgir nuevas figuras jurídicas y contratos como el factoring, el leasing, underwriting y joint venture.

CONCLUSION
El derecho mercantil es un conjunto de normas, reglas y preceptos, que regulan las actividades del comercio. Es la rama del Derecho Privado que regula las operaciones jurídicas entre comerciantes y no comerciantes. Es el ordenamiento privado propio de los empresarios y de su estatuto, así como de la actividad externa que éstos realizan por medio de su empresa.